De acuerdo con el reglamento de Actividades Molestas Nocivas, Insalubres y Peligrosas, y la Ley de Prevención y Control Integrado de la Contaminación (16/2005 y 2/2006), en la que están incluidas entre otras:
- Todas las Industrias,
- Bares, restaurantes, hoteles, Pub, Discotecas, asadores, preparación de comidas
- Almacenes al por mayor, carnicerías, pescaderías, grandes almacenes
- Talleres, lavanderías, oficinas con aire acondicionado, gimnasios, hospitales, garajes, etc.
- Pequeñas tiendas, Quioscos.
- Peluquerías, oficinas.
- En general actividades no recogidas en listado de actividades calificadas.
En este proyecto de describe las instalaciones tomando especial cuidado en las medidas de seguridad e higienes, como recorridos de evacuación, luces de emergencia, extintores, resistencia al fuego de la estructura, aseos, instalación eléctrica, etc.
Para solicitud de licencias de obras o/y actividad en suelo no urbanizable